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<BOCCL URLVisorBoletin="https://www.ccyl.es/RecursosInformacion/BoletinOficial?numero=472&amp;RutaFichero=BOCCL1100472A&amp;fecha=15/10/2025" SIRDOCRef="BOCCL11L00472" FechaPublicacion="15/10/2025" NumeroPublicacion="472" SeriePublicacion="BOCCL" Legislatura="11"> <Entrada PDF="BOCCL1100472/BOCCL-11-014857.pdf" CVE="BOCCL-11-014857" Referencia="PNL/001604-02" OrdenEntrada="23" Pagina="43381-43382" Tramite="Presentación" CodigoTramite="PUBLI" SerieIniciativa="2" NumeroExpediente="1604" CodigoIniciativa="PNL" Legislatura="11" NumeroDocumento="14857"> <Apartado ApartadoNumero="4">4. Impulso y Control de la Acción de Gobierno</Apartado> <SubApartado SubApartadoNumero="470">470. Proposiciones No de Ley</SubApartado> <ReferenciaEntrada>PNL/001604-02</ReferenciaEntrada> <Sumario>Aprobación por el Pleno de resolución relativa a la proposición no de ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a adoptar distintas medidas en materia de lucha contra incendios, montes y aprovechamientos forestales, publicada en el Boletín Oficial de estas Cortes, n.º 469, de 7 de octubre de 2025.</Sumario> <Resolucion> <TituloCentradoNegrita>APROBACIÓN POR EL PLENO</TituloCentradoNegrita> <TextoCuerpo>El Pleno de las Cortes de Castilla y León, en sesión celebrada el día 8 de octubre de 2025, con motivo del debate de la proposición no de ley, PNL/001604, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, instando a la Junta de Castilla y León a adoptar distintas medidas en materia de lucha contra incendios, montes y aprovechamientos forestales, publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León, n.º 469, de 7 de octubre de 2025, aprobó la siguiente</TextoCuerpo> <TituloCentradoRegular>RESOLUCIÓN</TituloCentradoRegular> <TextoCuerpo>&quot;Las Cortes de Castilla y León instan a la Junta de Castilla y León a:</TextoCuerpo> <TextoCuerpo>1.	Remitir a esta Cámara, antes del 30 de noviembre del presente año, para su tramitación urgente, un Proyecto de Ley Integral de Incendios Forestales y Emergencias de Castilla y León.</TextoCuerpo> <TextoCuerpo>2.	Habilitar una dotación económica extraordinaria complementaria a las actuales de 180 millones de euros consolidables anualmente para políticas de tratamientos silvícolas, de limpieza de montes y espacios forestales para prevención de incendios.</TextoCuerpo> <TextoCuerpo>3.	Crear y dotar el Fondo Forestal de Castilla y León para poder ser destinado en la prevención de incendios, con la cantidad del 50 % del importe de todos los aprovechamientos forestales e ingresos que generen los montes catalogados de utilidad pública de la Junta de Castilla y León, de acuerdo con lo previsto en la Ley 3/2009, de 6 de abril, de Montes de Castilla y León, en su Disposición Adicional Novena, antes del 31 de diciembre de 2025.</TextoCuerpo> <TextoCuerpo>4.	La reactivación y dotación en todas las comarcas ambientales de Castilla y León de un plan de concienciación y educación ambiental sobre los efectos de los incendios forestales y emergencias, en línea al &quot;Plan 42&quot;.</TextoCuerpo> <TextoCuerpo>5.	Financiar a los ayuntamientos, juntas vecinales y entidades locales menores la realización de los planes municipales de protección y la limpieza de los entornos de seguridad perimetral de las poblaciones de la Comunidad Autónoma, para impedir que más cascos urbanos sufran siniestros por incendios forestales.</TextoCuerpo> <TextoCuerpo>6.	Establecer de forma inmediata las ayudas suficientes, previo acuerdo con las OPA y el sector forestal, destinadas a paliar las pérdidas sufridas como consecuencia de los incendios, con medidas específicas para el sector agrícola, forestal, apícola y ganadero afectado por los mismos.</TextoCuerpo> <TextoCuerpo>7.	Al inmediato establecimiento de ayudas suficientes destinadas a paliar las pérdidas sufridas como consecuencia de los incendios en viviendas, anexos, garajes, enseres, vehículos, etc.</TextoCuerpo> <TextoCuerpo>8.	Adoptar las medidas necesarias antes del 31 de diciembre para que la Administración autonómica realice las concentraciones parcelarias forestales a requerimiento de la propiedad.</TextoCuerpo> <TextoCuerpo>9.	Realizar y ejecutar los planes de reforestación, reconstrucción y regeneración de los espacios afectados por incendios forestales el presente 2025 en un plazo inferior a dos años.</TextoCuerpo> <TextoCuerpo>10.	Proceder a la actualización y dotación de medios y financiación necesaria, con la participación de los representantes del asociacionismo del sector forestal, a fin de dar respuesta a las necesidades de la propiedad privada, conforme a la legislación vigente del Decreto 12/2025, de 4 de septiembre, por el que se regula la planificación y ordenación forestal en Castilla y León, antes del 31 de diciembre de 2025.</TextoCuerpo> <TextoCuerpo>11.	Desarrollar un plan de vigilancia, disuasión e investigación en las comarcas más afectadas por incendios forestales de características antrópicas, a través de los funcionarios de la Comunidad con carácter de agentes de la autoridad y policía judicial en sentido genérico, como son los agentes medioambientales&quot;.</TextoCuerpo> <TextoCuerpo>De conformidad con el artículo 64 del Reglamento, se ordena su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León.</TextoCuerpo> <LineaFecha>En la sede de las Cortes de Castilla y León, a 8 de octubre de 2025.</LineaFecha> <FirmaEspecialResolucion>La Secretaria Segunda de las Cortes de Castilla y León,</FirmaEspecialResolucion> <FdoEspecialResolucion>Fdo.: Rosa María Esteban Ayuso</FdoEspecialResolucion> <FirmaEspecialResolucion>El Presidente de las Cortes de Castilla y León,</FirmaEspecialResolucion> <FdoEspecialResolucion>Fdo.: Carlos Pollán Fernández</FdoEspecialResolucion></Resolucion></Entrada></BOCCL>
